Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Es el órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación especializado en materias electorales, con excepción de las acciones de inconstitucionalidad contra leyes electorales federales o locales (que corresponden a la Suprema Corte), que tiene por finalidad resolver las impugnaciones electorales y la protección de derechos políticos.
Está regulado por el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE). Su actual presidente es María del Carmen Alanís Figueroa.
Las funciones de administración, vigilancia y disciplina del Tribunal corresponden a su Comisión de Administración.
Funciones
El Tribunal Electoral tiene, entre otras, por función resolver, en forma definitiva e inatacable, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y según lo disponga la ley:
• Las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores
• Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, que son resueltas en única instancia por la Sala Superior.
• Las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral federal, distintas a las señaladas anteriormente, que violen normas constitucionales o legales.
• Las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las, entidades federativas para organizar y calificar los comicios, o resolver las controversias que surjan durante los mismos, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones.
• Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político-electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, en los términos que señalen la Constitución y las leyes.
• Los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal y sus servidores.
• Los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Federal Electoral y sus servidores.
• La determinación e imposición de sanciones en la materia.
• Las demás que señale la ley.
Organización
Para el ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal Electoral funciona en una Sala Superior y cinco Salas Regionales.
Los Magistrados Electorales que integran la Sala Superior y las regionales son elegidos por el Senado por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, o en sus recesos por la Comisión Permanente, a propuesta de la Suprema Corte. Este sistema es diverso al anterior, en el cual al Poder Ejecutivo Federal correspondía proponer a la Cámara de Diputados su designación.
Los magistrados que integran la Sala Superior deben satisfacer los requisitos que establece la ley, que son mayores a los que se exigen para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y duran en su cargo un periodo improrrogable de 10 años.
A su vez, los magistrados que integran las Salas Regionales deben satisfacer los requisitos que señala la ley, que son mayores a los que se exigen para ser Magistrado de Tribunal Colegiado de Circuito, y duran en sus cargos 8 años improrrogables (salvo que sean promovidos a cargos superiores).
miércoles, 1 de julio de 2009
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Interesante la información!
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